martes, 5 de octubre de 2021

NOVEDADES BOE (02/10/2021): PUBLICADO EL REGLAMENTO DE BUQUES SINGULARES Y REPRODUCCIONES

NOVEDADES BOE (02/10/2021): PUBLICADO EL REGLAMENTO DE BUQUES SINGULARES Y REPRODUCCIONES

Podemos encontrar el el BOE del 2 de octubre de 2021 el Real Decreto 784/2021, de 7 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares.

Es sabido de los buques y embarcaciones "de época", bien por su singular antigüedad, bien por tratarse de reproducciones de construcciones navales clásicas, o abiertamente "antiguas", lo natural es que respondan,  a unos criterios y normativas específicos o -digamos- "especiales" en lo que se refiere a su registro, despacho, documentación, construcción, equipo de seguridad... Y realmente eso es algo reconocido y considerado en Convenios Internacionales sobre estas materias, y en el desarrollo legal y reglamentario nacional. Es frecuente encontrarnos con menciones en la normativa a este tipo de embarcaciones,  a veces para asignarles un régimen especial, a veces (más que las otras) para delimitar su posición en el ámbito de aplicación de la normativa (generalmente para excluirlos de ese ámbito)..., y muchas veces falta o no está clara cuál es esa normativa especial.

Parece que este Real Decreto quiere venir a paliar las carencias en nuestro país en estas cuestiones. Nos dice el Preámbulo del Reglamento, ente otras cosas: "...Con la aprobación de esta norma, España se incorpora al grupo de países de nuestro entorno que prevén un trato específico a sus buques y embarcaciones tradicionales e históricos. Con ello se pone fin al vacío que hasta ahora existía en nuestro ordenamiento jurídico en relación con estas embarcaciones y buques y sus reproducciones... El nuevo reglamento precisa las circunstancias que determinan la calificación de un buque, embarcación o de su reproducción singular, como histórico. Estas circunstancias pasan por la inclusión en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o su declaración de interés cultural.... El Registro de buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares es el instrumento central para identificar estos barcos y controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos.... La documentación que se exige a estos buques y embarcaciones históricos y a sus reproducciones singulares también es objeto de simplificación. Así se manifiesta de manera especial en el certificado de cumplimiento, esencial para estos buques y embarcaciones, en el que se unifican otros certificados exigidos con carácter general, y que trata de adaptarse a las características propias de la embarcación. Lo mismo sucede con el régimen de inspección y certificación que se prevé para los buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares.... Se cierra la norma con unas previsiones sobre ayudas y beneficios de los que podrán gozar los buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares, que debido a la reserva de ley que consagra nuestra Constitución en materia tributaria habrán de ser completadas por normas con el rango exigido...". 

ENLACE AL REAL DECRETO, AQUÍ





 

viernes, 1 de octubre de 2021

NOVEDADES BOE (22/09/2021): PUBLICADO EL REGLAMENTO DE CONTROL SOBRE CIERTAS EMBARCACIONES RELACIONADAS POR RAZÓN DE ACTIVIDADES ILÍCITAS

NOVEDADES BOE (22/09/2021): PUBLICADO EL REGLAMENTO DE CONTROL SOBRE CIERTAS EMBARCACIONES POR RAZÓN DE LUCHA CONTRA ACTIVIDADES ILÍCITAS

Encontramos publicado en el BOE del 22 de septiembre de 2021 el Real Decreto 807/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de control de las embarcaciones neumáticas y semirrígidas a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 del artículo único del Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones utilizadas.

Digamos que es, más que genuinamente marítimo, se trata de un asunto de security y de control y lucha contra actividades ilícitas, pero nos sirve de ejemplo de cómo en la vida real, y por razones de la realidad de cómo funcionan las cosas,  a veces se producen comunicaciones, intromisiones, o como queramos llamarlo, entre diferentes ramas del Derecho y entre las actividades de distintas ramas de la Administración Pública.

En este caso, como se emplean determinadas embarcaciones en la realización de determinados ilícitos administrativos y penales, ello ha motivado que normativa no puramente "marítima" tenga que adentrarse en regular en ciertos sentidos  a propósito de estas embarcaciones. El camino se abrió con el Real Decreto-ley 16/2018, y ahora, como desarrollo de lo anterior, con este Real Decreto 807/2021 nace un nuevo Registro en el ámbito náutico en nuestro país, denominado "Registro Especial de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad", y llevado por Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Todo sea por la ley y la justicia...   

El enlace a la nueva norma, AQUÍ