viernes, 4 de febrero de 2022

SHIPPING (65): FLETE A TODO EVENTO

SHIPPING (65): FLETE A TODO EVENTO

A través de cláusulas específicas en la póliza de fletamento o contrato de transporte marítimo (normalmente insertas en la misma cláusula del flete) puede hacerse al flete, por pacto, resistente a ciertos eventos (la amplitud dependerá de la redacción de la cláusula) que en circunstancias normales impedirían el devengo del flete.  En el fondo, tienen un efecto similar, o son otra forma de las cláusulas que adelantan el momento en el cual se considera al flete ya ganado (earned), y de hecho pueden combinarse ambos efectos, según la redacción: aquéllas trasladan el riesgo del flete al fletador/cargador/destinatario ya en ese momento adelantado por pacto; éstas estipulan que el flete se devengará en cualquier caso, incluso aunque se pierda el buque y o las mercancías (o suceda el evento que describen, y que, en otro caso impedirían el devengo del flete). En definitiva, lo que se hace es declarar la resistencia del derecho a cobrar a la vicisitud de que no lleguen a verificarse nunca las condiciones ordinarias para entender al flete como ganado.

La expresión inglesa correspondiente es del tipo: "freight to be paid ship and/or cargo lost or not lost”. Así, si la cláusula es “Freight payable ship lost or not lost”, será aplicable en casos de pérdida del buque, pero no de pérdida de la carga sin que el buque se pierda. Igualmente, si la cláusula sólo es “Non returnable cargo and/or vessel lost or not lost” el efecto se limita a que un flete pagado no se devuelva, pero no supone que haya que pagar cuando era pagadero más tarde del suceso de pérdida (COOKE Y OTROS: "Voyage Charters", 2014; pag 338).

Realmente, la cláusula de flete pagadero a todo evento puede actuar como un modo de plasmación de la regla anglosajona para el fletamento por viaje de que el flete pagadero por adelantado, cuando hay tal cláusula de advance freight en el contrato, es ya flete ganado, plasmación que, propiamente no es necesaria en el Derecho Inglés, aunque puede serlo si se quiere asegurar el efecto, por la vía de un pacto expreso, cuando la ley aplicable al contrato es otra diferente.

Derecho Español.- En Derecho Español la cláusula siempre ha sido de indudable validez (y en el art 234 LNM nada hace pensar que haya cambiado la línea en esto), aunque interpretándose, eso sí, que la pérdida de la mercancía debe haber sido sólo por fuerza mayor, para su aplicabilidad. Se incurriría sino en un enriquecimiento injusto, o en una falta lucrativa.

Derecho Inglés.- En el Common Law, también son plenamente válidas estas cláusulas, que a través hacer más temprano el momento en que el flete es ganado que la fecha de cobro, o a través de declarar la resistencia del derecho a cobrar pese a que no lleguen a verificarse nunca las condiciones ordinarias para entender al flete como ganado, suponen trasladar el riesgo del flete sobre los hombros del fletador. Más dudas concurren sobre si sólo operan ante eventos que no supongan responsabilidad del fletante: si bien eso parece claro en Estados Unidos, donde la validez de estas cláusulas depende de que el suceso causante de que el fletador haya de pagar el flete sin haber recibido correctamente la prestación de transporte sea exonerable en el contexto del contrato, no parece tan claro en el Derecho Inglés, aunque sin perjuicio de que el fletador cuente con acción, de daños o counterclaim, a su vez contra el fletante en los casos en que haya responsabilidad de éste. Hay que añadir también que las cláusulas de flete a todo evento son interpretadas restrictivamente (COOKE Y OTROS: "Voyage Charteres", 2014; pags 346 y 347). 

Elaborado a partir de contenidos del texto Introducción a los Contratos de Fletamento y Explotación del Buque, de Pedro Laborda, 2021. 

© Pedro Laborda Ortiz; Propiedad Intelectual Reg nº 00/2020/2129 



No hay comentarios:

Publicar un comentario