martes, 17 de agosto de 2021

VALIDEZ DEL NOR EMITIDO ANTES DEL PERIODO ACORDADO: EL CASO DEL “PETR SCHMIDT” (1998)

VALIDEZ DEL NOR EMITIDO ANTES DEL PERIODO ACORDADO:  EL CASO DEL “PETR SCHMIDT” (1998)

Hay que preguntarse qué efectos tiene una presentación adelantada del NOR., es decir, cuando éste se emite antes de los momentos o periodos a los que la póliza haya podido limitar su presentación, siempre y cuando, eso sí, el buque esté materialmente ya en estado de disponibilidad (pues si no fuese así, el NOR sería insanablemente inválido) . Para ver los efectos, habrá que estar a la redacción concreta de la póliza en cada caso, pero, en principio, tal presentación adelantada (la cual, por sí misma no está prohibida, como principio general en el Common Law) tendrá el efecto de que la aceptación (o, si se quiere, que se considere que la presentación) quede demorada al inicio del siguiente periodo hábil.  Esto se vio en el caso del PETR SCHMIDT.

El PETR SCHMIDT había sido fletado con una póliza ASBATANKVOY, de las más utilizadas en el transporte de hidrocarburos, para un transporte de gasoil desde el puerto de Tuapse al de Trieste y al de Venecia (realmente, el destino era “uno o dos puertos del Mediterráneo”). La póliza contenía una cláusula adicional que decía: Notice of readiness is to be tendered within 06.00 and 17.00 local time”.  En aquel viaje el Capitán del PETR SCHMIDT remitió los NOR vía telex o fax a la oficina del agente del fletador, tanto en el puerto de carga como en los de descarga, fuera de ese horario (en Tuapse a las 00:40, en Trieste a las 18:00, y lo mismo en Venecia). En cualquier caso, cuando se remitieron aquellos NOR, el buque siempre había “llegado” y estaba disponible para la carga o descarga. Con posterioridad el fletador pretendió hacer valer que, basándose en la cláusula adicional de la póliza, los NOR que había enviado el buque eran inválidos, toda vez que habían contravenido lo establecido en aquel pacto, con las correspondientes consecuencias en cuanto al inicio y el cómputo del tiempo de plancha. La oposición del armador a esa invalidez del NOR por el mero hecho de ser emitidos en un momento fuera de la franja 06:00/17:00, teniendo en cuenta que el buque estaba listo para operar en el momento real en que emitió cada NOR y nunca había perdido esa disponibilidad en el plazo hasta el inicio de la franja habilitada para notificar, ofreció a los Tribunales la posibilidad de pronunciarse sobre el asunto.

Se resolvió que el NOR emitido era válido; otra cosa era la hora que debería considerarse como de emisión (o si se quiere, cuándo constaría la recepción por su destinatario, y su aceptación), que sería el inicio del siguiente periodo válido, en este caso, las 06:00 horas del día siguiente en los tres puertos.  No se admitió el enfoque del fletador de que los NOR estaban reflejando unos hechos que correspondían a la hora real en que fueron enviados, no a la hora en que producirían efectos.

Elaborado a partir de contenidos del texto Introducción a los Contratos de Fletamento y Explotación del Buque, de Pedro Laborda, 2021. 

© Pedro Laborda Ortiz; Propiedad Intelectual Reg nº 00/2020/2129 



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