NOVEDADES BOE 29/05/2029
En el BOE del 29 de mayo de 2021 encontramos un par de publicaciones relacionadas con el sector marítimo de esas que parece que pasan desapercibidas, pero que que tienen más trascendencia práctica que muchas veces normas de mayor rango:
1) La primera de ellas es la Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se adoptan medidas sanitarias para los buques de pasaje tipo crucero y se deja sin efectos la Resolución de 23 de junio de 2020, por el que se establecen medidas restrictivas a los buques de pasaje tipo crucero, para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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Su importancia radica en que deja sin efecto la Resolución de junio de 2020, adoptada en su día como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y que fue la que prohibió desde entonces la entrada en puertos españoles de los buques de pasaje de tipo crucero que realizasen viajes internacionales y navegasen por aguas del mar territorial con objeto de entrar en los puertos abiertos a dicho tipo de navegación. Ahora, ya un año más tarde, la evolución positiva en las últimas semanas de la pandemia a nivel europeo, de donde proceden la mayoría de los pasajeros de cruceros internacionales con escala en puertos españoles, así como el aumento de las coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 y la disminución del nivel de riesgo de las Comunidades Autónomas con puertos susceptibles de recibir este tipo de buques, ha hecho a nuestra Administración considerar permitir el reinicio de la actividad de los buques de pasaje de tipo crucero que realicen viajes internacionales y tengan por destino puertos españoles. Eso sí, se publica el documento de «Medidas sanitarias para el restablecimiento de los cruceros internacionales» del Ministerio de Sanidad, que incluye ciertas medidas que deberán implementar los buques de pasaje tipo crucero que pretendan realizar trayectos internacionales visitando puertos españoles, para la prevención de eventos relacionados con la emergencia sanitaria por COVID-19 y para llevar a cabo una gestión adecuada en caso de producirse.
Así que, consecuencia no menor, habida cuenta de la importancia del sector del crucero marítimo para nuestro país.
2) La segunda, es el Real Decreto 297/2021, de 27 de abril, por el que se establecen unas, y se actualizan otras, de ciertas cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, afectando algunos de estos cambios a cualificaciones profesionales de las familias profesionales Marítimo-Pesquera y de Transporte.
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Puede sonar a algo lejano, pero tiene relación directa, y más pronto que tarde tendrá su efecto con la formación, la titulación y la cualificación requeridas en las profesiones marítimas.
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