miércoles, 24 de marzo de 2021

“EXPECTED READY TO LOAD” COMO “CONDITION”: EL CASO DEL “MIHALIS ANGELOS”

“EXPECTED READY TO LOAD” COMO “CONDITION”: EL CASO DEL “MIHALIS ANGELOS” (1971)

Cláusula "Expected ready to load..." y contenido de la obligación

Para acordar en las pólizas de fletamento el momento de puesta disposición del buque para la carga  a  menudo se emplea el sistema de la fecha prevista de disponibilidad para la carga, que consiste en fijar una fecha en que se espera que el buque esté listo para la carga, siendo la expresión inglesa el conocido "expected ready to load…”. La expresión significa que el fletante "espera de buena fe que el buque estará listo en esa  fecha, y que su esperanza se basa en motivos razonables", es decir, a la vista de la información con la que cuenta a la hora de comprometerse. Por tanto, el compromiso no es que el buque esté efectivamente listo para la carga en la fecha indicada, de modo que si actuó de buena fe y razonablemente al fijar la fecha, el fletante no incurre en responsabilidad alguna si se rebasa ésta por causas ajenas a la voluntad de aquél.

El caso del “Mihalis Angelos” es el que sentó la jurisprudencia acerca de uno de los aspectos del régimen jurídico asociado al término contractual "expected ready to load…”, cual es el del carácter de la obligación, o dicho de otro modo, el alcance de del incumplimiento de la misma.

Como resultado de lo dicho en el primer párrafo, el incumplimiento de la obligación de que el buque se ponga a disposición en cierta fecha pactada como “expected ready to load” radica en que el fletante, al concertar el fletamento, realmente no esperase de buena fe que en dicha fecha que comprometió como “expected” el buque fuese a estar disponible para efectuar la carga, o no hubiese tenido motivos razonables en que fundar su esperanza. ¿Qué consecuencias tiene eso? Veámoslo.

El caso del "Mihalis Angelos"

El 25 de mayo de 1965, el armador del “Mihalis Angelos” firmó un fletamento con un fletador para cargar mineral de apatita a granel en el puerto de Haiphong, en Vietnam, y transportarlo hasta Hamburgo. Se pactó que el buque estaría “expected ready to load under this Charter about July 1, 1965”. La póliza además contenía un cláusula de cancelación, cuya fecha de cancelación era el 20 de julio. Al momento de cerrar este fletamento, lo cierto era que el armador tenía acordado otro fletamento para el “Mihalis Angelos”, y en su ejecución le alcanzó al buque el día 17 de julio todavía en Hong Kong, momento en el cual el fletador para el viaje de Haiphong a Hamburgo decidió resolver el contrato.

Era evidente el 17 de julio que el “Mihalis Angelos” no iba a cumplir con la fecha about comprometida (imposible ya, más bien, pues hablamos del 1 de julio about), aunque aún no se había llegado a la fecha de cancelación, que era el 20 de julio. El armador del buque reaccionó ante la resolución de un modo habitual en el common law cuando se considera ilegítima la conducta resolutoria o de dejar de ejecutar el contrato por la otra parte contractual: calificar y tratar esa conducta como una repudiación ilegítima del fletamento y reclamar los perjuicios sufridos por tal repudiación, fundamentalmente la pérdida de beneficio al no poder llevarse adelante el contrato. 

Carácter de la obligación

La pregunta era: ¿había extinguido el fletador legítimamente el fletamento, o no? En el pleito el fletador pudo demostrar que el 25 de mayo de 1965, cuando se cerró el fletamento, el armador no tenía razones plausibles para esperar de buena fe que el “Mihalis Angelos” pudiese estar en Haiphong el 1de julio, pues con las obligaciones del fletamento que tenía previamente cerrado era imposible de modo razonable cumplir con esa fecha. De modo que estaba acreditado que se había incumplido la obligación en la que consiste el pacto de una fecha “expected ready to load”. Certificado el incumplimiento, un incumplimiento donde está involucrada la mala fe o una gran negligencia contractual, recordemos, ¿éste habilitaba para una resolución del contrato incluso en momento anterior a una fecha de cancelación pactada? Esto es lo que resolvió este pleito, calificando el carácter de la obligación que conlleva comprometerse a una fecha “expected ready to load”. Y tal calificación fue la de  "condition” del contrato.

Como toda obligación caracterizada como “condition” del common law, su incumplimiento faculta a la parte agraviada no sólo a reclamar por los perjuicios sufridos, sino también a resolver el contrato. En este caso concreto, el incumplimiento, consistente en concertar el fletamento sin esperar de buena fe que en la fecha comprometida como “expected” el buque fuese a estar disponible para efectuar la carga, o sin motivos razonables en que fundar esa esperanza, faculta al fletador a resolver el contrato si el buque no llega a la fecha prevista sin necesidad de tener que esperarse a la fecha de cancelación, exactamente lo que hizo el fletador del “Mihalis Angelos”. De ello se derivaba que no había lugar para la reclamación del armador por repudiación ilegítima del fletamento.

Estas son las palabras centrales del magistrado Megaw en este caso:

<<... It is not disputed that when a charter includes the words “expected ready to load...” a contractual obligation on the part of the shipowner is involved. It is not an obligation that the vessel will be ready to load on the stated date, nor about the stated date, if the date is qualified, as here, by ‘about’. The owner is not in breach merely because the vessel arrives much later, or indeed does not arrive at all. The owner is not undertaking that there will be no unexpected delay. But he is undertaking that he honestly and on reasonable grounds believes, at the time of the contract, that the date named is the date when the vessel will be ready to load. Therefore in order to establish a breach of that obligation the charterer has the burden of showing that the owner’s contractually expressed expectation was not his honest expectation, or, at the least, that the owner did not have reasonable grounds for it.

In my judgment, such a term in a charterparty ought to be regarded as being a condition of the contract, in the old sense of the word “condition”: that is, that when it has been broken, the other party can, if he wishes, by intimation to the party in breach, elect to be released from performance of his further obligations under the contract; and he can validly do so without having to establish that on the facts of the particular case the breach has produced serious consequences which can be treated as ‘going to the root of the contract’ or as being ‘fundamental’ or whatever other metaphor may be thought appropriate for a frustration case...>>

Es justo también apuntar que en el caso del “Mihalis Angelos” el fletador, al resolver el contrato, lo hizo no esgrimiendo la concurrencia del carácter de “condition” declarada por el Tribunal para la obligación incumplida, sino alegando force majeure por falta de carga debido a los problemas de suministro de la misma por la situación de guerra en Vietnam en aquellos momentos. No obstante, el Tribunal no consideró la diferencia de fundamentación como óbice para la validez del acto resolutorio del fletamento llevado a cabo el 17 de julio de 1965.

Sujeto del error de juicio

En el caso que estamos viendo, la incorrecta apreciación de la razonabilidad de la fecha “expected” pactada procede del mismo fletante, pero existe jurisprudencia anglosajona que sigue viendo incumplimiento de la cláusula "expected ready to load…” y responsabilizando a aquél incluso cuando el juicio erróneo no fue personal del fletante, sino inducido por la errónea estimación o información de terceros de los que el fletante fuese contractualmente responsable, señaladamente el capitán del buque concernido. Es el caso del “Pantanassa”, de 1958.

Críticas a la jurisprudencia del caso "Mihalis Angelos" 

Hay que terminar señalando que existe doctrina muy autorizada que critica la resolución del caso “Mihalis Angelos”, y que considera que el fletador sólo podría acogerse a la resolución basada en este caso si el retraso fuese tal que supusiese un incumplimiento hábil para atacar a la raíz del contrato, lo cual básicamente supone abogar por una consideración de la obligación incumplida como un “intermediate term”, y no como una “condition”, así como considera que en caso de que el contrato contenga cláusula de cancelación la única consecuencia de este supuesto de “mala fe” sería generar derecho a indemnización (Cooke, L. y otros: “Voyage Charters (4th Edition”)”; Ed. Informa Law, 2014; pag 105).

Elaborado a partir de contenidos del texto Introducción a los Contratos de Fletamento y Explotación del Buque, de Pedro Laborda, 2020. 

© Pedro Laborda Ortiz; Propiedad Intelectual Reg nº 00/2020/2129 





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