martes, 12 de enero de 2021

NOVEDADES BOE 29/12/2020: CONCURSO DE CONCESIÓN PORTUARIA EN MOTRIL

NOVEDADES BOE 29/12/2020: CONCURSO DE CONCESIÓN PORTUARIA EN MOTRIL 


Resolución de 14 de diciembre de 2020, de la Autoridad Portuaria de Motril, por la que se publica el Pliego de bases administrativas y Pliegos de condiciones para la adjudicación por concurso de concesión de zona de servicios y estación de suministro en la zona de actividades logísticas del puerto de Motril y archivo de expedientes de concesión en tramitación.


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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Motril, en sesión celebrada el 27 de octubre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en el que se establece que la Autoridad Portuaria podrá convocar concursos para el otorgamiento de concesiones en el dominio público portuario, adoptó el acuerdo de aprobar el Pliego de Bases Administrativas y Pliegos de condiciones para la adjudicación por concurso de concesión de zona de servicios y estación de suministro en la zona de actividades logísticas del puerto de Motril y archivo de expedientes de concesión en tramitación.



Una de las diferentes vías de inicio de procedimiento para el otorgamiento de una concesión es el concurso público convocado al efecto por la Autoridad Portuaria. Este es un caso práctico real.

En el caso de los concursos públicos, como el presente, es elemento característico de los mismos el papel que juegan en el otorgamiento y en el contenido mismo de la futura concesión el  Pliego de Bases del concurso y el Pliego de Condiciones. En efecto, dice el art 86 LPEMM que  el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria aprobará el Pliego de Bases del concurso y el Pliego de Condiciones que regularán el desarrollo de la concesión:

·        El Pliego de Bases del concurso contendrá, al menos, los siguientes extremos:

o   1.º Objeto y requisitos para participar en el concurso.

o   2.º Criterios para su adjudicación y ponderación de los mismos.

o   3.º Garantía provisional. 

·        El Pliego de Condiciones que regule el desarrollo de la concesión deberá ajustarse al Pliego de Condiciones Generales de concesiones demaniales que apruebe el Ministro de Fomento y a las condiciones particulares que establezca la Autoridad Portuaria.

Corresponde al Consejo de Administración la resolución del concurso. En todo caso, la oferta seleccionada por el Consejo de Administración, para obtener la correspondiente concesión, deberá someterse a la tramitación prevista en el artículo 85 (apartados 2 a 8).




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