miércoles, 23 de septiembre de 2020

DERECHO PORTUARIO ESPAÑOL (2): SISTEMÁTICA DE LA LEY DE PUERTOS

Para sumergirse en los entresijos de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (que es 70% "puertos" y 30% "marina mercante"), conviene empezar por echar una mirada de conjunto y ver qué contiene la ley y en qué orden. Vamos con ello. Tiene cuatro grandes partes: un Título Preliminar, y tres Libros.

El título preliminar contiene las disposiciones generales referidas al objeto de la ley en las dos materias principales que éste abarca: los puertos responsabilidad de la Administración General del Estado y la Marina Mercante. Cada una de estas materias se desarrolla posteriormente en sendos libros dedicados, respectivamente, a una y otra. En un tercer libro se agrupan las disposiciones referibles indistintamente a ellas, es decir, las de la policía administrativa de los espacios portuarios, la tipificación de infracciones y sanciones y el régimen de ejercicio de la potestad sancionadora.

El libro primero se refiere al sistema portuario de titularidad estatal y se articula internamente diferenciando por títulos:


a)    Los aspectos relativos a la organización responsable de la gestión y al régimen presupuestario, tributario, patrimonial, de funcionamiento y control de dicha organización.

b)    El régimen de planificación y construcción de los puertos de interés general y las prescripciones atinentes al medio ambiente y la seguridad.

c)    El dominio público portuario estatal desde el triple punto de vista de su gestión, su composición y su utilización (concesión y autorización demaniales y concesiones de obras públicas).

d)    La prestación de servicios en los puertos.

e)    El régimen económico del sistema portuario también desde el triple punto de vista de la organización gestora, la utilización del dominio público y la prestación de los servicios.

El libro segundo, dedicado a la Marina Mercante, se organiza en los títulos dedicados, respectivamente, a la explotación naviera y régimen de navegaciones, a la administración marítima, al servicio de practicaje y a las tasas.

Y el libro tercero, por último, tiene por objeto el régimen de policía, es decir, un objeto complementario por igual del de los dos libros anteriores, comprendiendo en títulos diferenciados:


a)    La ordenación de la explotación portuaria.

b)    Las medidas garantes de la actividad tanto portuaria como de navegación.

c)    El Derecho sancionador.


Objetos de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Los señala en su primer artículo:


1)    Determinar y clasificar los puertos que sean competencia de la Administración General del Estado (arts 2 a 5 y Anexo I).

2)    Regular la planificación, construcción, organización, gestión, régimen económico-financiero y policía de los mismos (Títulos II a V y VII del Libro I; Títulos I y II del  Libro III).

3)    Regular la prestación de servicios en dichos puertos, así como su utilización (Título VI del Libro I).

4)    Determinar la organización portuaria estatal, constituida fundamentalmente por el Ente “Puertos del Estado” y las correspondientes “Autoridades Portuarias” (Título I del Libro I).

5)    Establecer el régimen de infracciones y sanciones de aplicación en el ámbito portuario de competencia estatal (Títulos III y IV del Libro III).


Elaborado a partir de contenidos del texto “Apuntes de Gestión de Actividades Marítimo-Portuarias”, de Pedro Laborda, 2020. © Pedro Laborda Ortiz; Propiedad Intelectual Sol. CCA-000018-2020


No hay comentarios:

Publicar un comentario