CASOS SOBRE INCORPORACIÓN DE LA CLÁUSULA DE ARBITRAJE
Habíamos comentado en un post anterior que la medida en la cual, en el common law, una cláusula dada de la póliza de fletamento por viaje queda incorporada en el conocimiento de embarque a través de la cláusula de incorporación insertada en éste, es una cuestión de interpretación del conocimiento, la cláusula concernida de la póliza y (lo más importante de todo) de la expresa redacción de la cláusula de incorporación. Y dijimos que la jurisprudencia inglesa ha ido creando un cuerpo de doctrina bastante asentado sobre este asunto, al que, guste o no, o compártase más o menos, hay que atender para saber si, con una redacción de la cláusula de incorporación de tal manera en el conocimiento, y una cláusula de la póliza redactada de tal otra, puede determinarse si el contenido de esta última cláusula puede considerarse incorporada o no a las relaciones entre el fletante y el tenedor del conocimiento de embarque. El que las cláusulas de incorporación de los conocimientos de embarque actuales tengan la redacción que tienen, no es algo ni mucho menos casual: cada palabra y cada coma están allí de un modo consciente y deliberado para producir el máximo efecto incorporatorio, y todas han pasado por el tamiz de las decisiones judiciales hasta esculpir cláusulas como la primera del conocimiento de embarque CONGENBILL, quizás el más universal de los proformas de conocimiento para transportes bajo fletamento por viaje: “All terms and conditions, liberties and exceptions of the Charter Party, dated as overleaf, including the Law and Arbitration Clause/Dispute Resolution Clause, are herewith incorporated”.
Prestemos atención a las palabras “…including the Law and Arbitration Clause/Dispute Resolution Clause…”. Esta es una de las últimos pasos en el cincelado de las cláusulas de incorporación a manos de la judicatura anglosajona: se decidió que las cláusulas de arbitraje y jurisdicción de las pólizas de fletamento, para entenderse incorporadas al conocimiento de embarque, requieren mención expresa y diferenciada en la cláusula de incorporación, entendiéndose que no entraban en el carro de cláusulas incorporadas con la mera mención a conditions o terms.
Veamos a continuación alguno de los principales casos con este criterio jurisprudencial respecto a la incorporación de cláusulas de arbitraje y jurisdicción.
CASO DEL “VARENNA” (1984)
El Varenna era un petrolero que fue fletado
para un transporte de crudo de Tartous a Wilhelmshaven. Una vez cargado el
buque, se emitió el correspondiente conocimiento de embarque, el cual decía,
entre otras cosas que la carga debía ser entregada “… unto order [del cargador] or to their assigns upon payment of
freight as per charterparty, all
conditions and exceptions of which charterparty including the negligence
clause, are deemed to be incorporated in bill of lading”.
El caso fue que, al parecer, el fletador no pagó las demoras que se habían generado en el puerto de carga. El fletante, estimando que era su derecho, reclamó esas demoras impagadas al destinatario-tenedor del conocimiento de embarque, y lo hizo a través de una demanda judicial en los tribunales. El destinatario, por el motivo que fuese, consideró que lo mejor para su estrategia de defensa era que, por el momento, el caso no evolucionase judicialmente, y decidió intentar pararlo alegando ante el juzgado que había empezado a conocer del asunto, que la vía que había de seguirse de resolución de la desavenencia era la del arbitraje, pues había una cláusula de arbitraje en la póliza de fletamento y él entendía que había sido incorporada en el conocimiento de embarque a través de la redacción del conocimiento transcrita más arriba.
Eso hizo que los tribunales ingleses entrasen a analizar qué se requería para que una cláusula de arbitraje de la póliza se pudiera considerar incorporada en el conocimiento, y si la redacción del conocimiento de este caso cumplía tales requerimientos. En particular, mucha de la argumentación se centró en si la expresión “conditions” incluía o no a la cláusula de arbitraje. Se llegó a la conclusión de que no, y de que tratándose de este tipo de cláusulas, por su especificidad éstas requerían mención aparte en la cláusula de incorporación.
El resultado fue que la pretensión del destinatario de la carga no fue contemplada, y el caso no pudo ser llevado vía arbitraje.
El caso del Varenna fue el principal para la jurisprudencia sobre la incorporación de las cláusulas de arbitraje y jurisdicción, pero en un caso ligeramente posterior, el del “Federal Bulker”, de 1989, encontramos una muy clara explicación del magistrado (el juez Bingham), de por qué se es tan estricto con la incorporación este tipo de cláusulas: “Generally speaking, the English law of contract has taken a benevolent view of the use of general words to incorporate by reference standard terms to be found elsewhere. But in the present field a different, and stricter, rule has developed, especially where the incorporation of arbitration clauses is concerned. The reason no doubt is that a bill of lading is a negotiable commercial instrument and may come into the hands of a foreign party with no knowledge and no ready means of knowledge of the terms of the charterparty. The cases show that a strict test of incorporation having, for better or worse, been laid down, the courts have in general defended this rule with some tenacity in the interests of commercial certainty. If commercial parties do not like the English rule, they can meet the difficulty by spelling out the arbitration provision in the bill of lading and not relying on general words to achieve incorporation”. (ver Dockray, M.: “Cases and Materials on the Carriage of Goods by Sea”; Ed. Cavendish, 2004; pags 85 y ss).
CASO DEL “NERANO” (1996)
Una evolución del caso anterior es el que pasamos a comentar. El Nerano había sido fletado por viaje. Como siempre, tras el embarque de la carga se emitió el conocimiento de embarque, que a los efectos que aquí nos interesan, decía: “…all terms and conditions, liberties, exceptions and arbitration clause of the charter party, dated as overleaf, are herewith incorporated…”. Pero lo interesante de este caso es que si fuésemos a la póliza de fletamento de aquél viaje, en su cláusula de arbitraje encontraríamos que ésta expresamente hablaba de su aplicación en disputas “…between the Owners and the Charterers…”.
Hubo una disputa, efectivamente, pero no fue entre el fletante y el fletador, sino entre el fletante y el endosatario del conocimiento de embarque y receptor de la mercancía. Evidentemente, lo que había que aplicar a dicha relación era el conocimiento de embarque y su contenido, y entonces se suscitó la duda sobre si era posible o no imponer acudir a arbitraje para resolver la disputa, invocando la cláusula de arbitraje de la póliza, pues aunque por un lado ésta estaba claramente mencionada en la cláusula de incorporación, también era cierto que la cláusula de arbitraje en su redacción parecía referirse (sólo) a disputas entre fletante y fletador (Owners and Charterers).
El tribunal decidió que en un caso como éste había que interpretar que las partes del conocimiento de embarque (fletante y receptor de la mercancía) a través del contenido de la cláusula de incorporación habían acordado claramente acudir a arbitraje, y que para dar curso a tal intención había que interpretar a su vez el contenido de la cláusula de arbitraje de la póliza como aplicable a dichas partes (donde decía Owners and Charterers, había que entender en este caso Carrier and Consignee), es decir, en este sentido (para corresponder a la voluntad expresada) sí se admitía un cierto grado de manipulación o adaptación de las palabras de la cláusula. En definitiva: se decidió que en este caso sí era dable invocar el arbitraje previsto en la póliza.
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